Una muerte por el vehículos de movilidad personal más popular, ‘el patinete eléctrico’ motivó a las aseguradoras a preparar pólizas.

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Incluso las compañías que ofrecen el servicio de alquiler promueven campañas de imagen, regalan cascos y redactan reseñas de seguridad.

Pero la Dirección General de Transporte fijará un máximo de velocidad en 25 Km/h y prohíbe su circulación por las aceras.

En España, los riegos de estos vehículos no están cubiertos por el seguro de hogar como suele suceder en otros países. Como lo reveló a finales de octubre Fernando Grande Marlaska el ministro de interior. Por lo que las compañías aseguradoras han decidido diseñarles pólizas privadas.

En agosto sucedió el primer atropello mortal de este tipo que se dio a conocer el pasado miércoles. Se trata de una anciana en Catalunya embestida por dos jóvenes que conducían su patinete eléctrico por la calle peatonal. Esto fue en Esplugues de Llobregat (Barcelona).

En octubre murió una mujer, era ella quien conducía cuando cayó de la acera. Fue atropellada por un camión en el centro urbano de Sabadell.

Tras la muerte de la anciana la consecuencia inmediata fue la serie de medidas que inició la DGT:

  • En un período corto de tiempo pretende regular su uso.
  • Insta a la contratación de pólizas.
  • Anima a las compañías de alquiler a que promuevan campañas de seguridad.

Varias aseguradoras tienen planificadas un producto destinado para tal fin. Ofrecen una cobertura de 60.000 euros de daños a terceros por cuotas de 25 euros mensuales. Sin embargo, la normativa varía de una ciudad a otra.

Esta debería ser obligatoria en patinetes que circulen a más de 25 kilómetros por hora. Y se espera que los más potentes (de hasta 80 kilómetros por hora) tengan su matrícula.

Invasión de monopatines eléctricos

Todavía no hay una normativa estatal que regule la circulación de los vehículos de movilidad personal. Sin embargo, en Barcelona, Valencia y Madrid las calles han sido inundadas por estos artefactos. En los últimos meses diversas compañías españolas y extranjeras se ha encargado de traerlos.

Se considera un incremento del 15 al 50% en las ventas según los datos de los comerciantes. Aunque no se puede determinar a cantidad exacta porque no poseen matrículas. Esto es antes de la campaña navideña, en la que se espera otro aumento.

Las multas por exceso de velocidad, o transitar por vía peatonal ascendieron a 1500 desde enero sólo en Barcelona. Esta situación aunada al caso del deseo en Esplugues, insta a la DGT una pronta regulación.

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Por el momento cada ciudad ha marcado su propia normativa. Respecto a la circulación, aparcamiento, poseer un seguro y la obligación de usar casco. Y la obligación de contratar un seguro en Barcelona y Madrid recae sobre las compañías de alquiler

Representantes de VOI y Eskai, emiten su opinión

La compañía de alquiler de patinetes eléctricos VOI en España tiene un seguro de responsabilidad civil. Este cubre a cualquier daño propio o causado a terceros hasta un millón y medio de euros. En palabras de la jefa de marketing de la empresa en el país, Paula Gallego.

Es una exigencia española, aunque en Suecia el país de donde procede la firma lo cubre el seguro de hogar. Aquí ese seguro cubre los accidentes en bicicleta, pero dejan por fuera los vehículos eléctricos.

Juan Jiménez, presidente de la asociación de usuarios de vehículos de movilidad personal y fundador se Eskay está de acuerdo. Aunque asume que la actividad conlleva un riesgo, también alude a la responsabilidad del usuario por el uso indebido.

De la misma manera como un conductor ebrio pierde la cobertura por el uso indebido de un coche alquilado. Así el seguro no habría cubierto el atropello de la señora porque iban dos personas sobre un patinete.

Datos de interés

Los patinetes eléctricos entran en la clasificación de VMP (vehículos de movilidad personal). Tal como los monociclos y a hoverboards con motor eléctrico. Las principales dificultades las presentan las dificultades para su aparcamiento, no tienen un base. En Barcelona la ley prohíbe dejarlos en la acera cuando obstaculice el paso peatonal y las multas ascienden a 71 euros.

La vía indicada para su circulación debe ser por el carril de la bici. Mientras que en Barcelona y Madrid el conductor debe llevar casco al rentar el vehículo, en Valencia no es obligatorio