El seguro de decesos es deducible… o al menos eso se preguntan miles de contribuyentes cada año al enfrentarse a la declaración de la renta. Este tipo de seguro, que cubre los gastos y gestiones asociados al fallecimiento de una persona, es muy común en los hogares españoles. 

Sin embargo, cuando llega el momento de hacer cuentas con Hacienda, muchos no saben si pueden incluirlo como gasto deducible y, de ser así, en qué condiciones. En 2025, con una legislación tributaria cada vez más detallada, es importante tener claro qué gastos podemos incluir en nuestra declaración del IRPF. 

Y en ese contexto, vuelve a surgir la duda: ¿el seguro de decesos es deducible realmente? A continuación, te explicamos en qué casos puede aplicarse una deducción y cómo aprovecharla legalmente.

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¿El seguro de decesos es deducible?

La respuesta rápida es: depende. En términos generales, el seguro de decesos no es deducible en el IRPF para la mayoría de los contribuyentes, ya que no está contemplado como gasto fiscalmente deducible de manera directa en el marco de la tributación personal.

Sin embargo, existen excepciones. En ciertos supuestos, el coste del seguro puede formar parte de los gastos deducibles si se incluye en contextos muy concretos, como los gastos vinculados a la deducción por vivienda habitual o en el caso de actividades económicas. También en algunas situaciones del Impuesto de Sucesiones.

¿Qué ocurre si el seguro de decesos está vinculado a la hipoteca?

Algunos bancos ofrecen seguros de decesos vinculados a préstamos hipotecarios. En esos casos, si el seguro forma parte de las condiciones contractuales del préstamo y este corresponde a la adquisición de la vivienda habitual del contribuyente.

Esto podría incluirse dentro de los gastos deducibles del préstamo hipotecario, pero solo si la hipoteca fue firmada antes del 1 de enero de 2013 (fecha en la que se suprimió la deducción general por compra de vivienda).

Esto significa que el seguro de decesos es deducible únicamente si se cumplen tres condiciones clave:

  1. El préstamo hipotecario es para vivienda habitual.
  2. El seguro está asociado directamente al préstamo.
  3. La adquisición de la vivienda se realizó antes del 1 de enero de 2013.

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¿Se puede deducir en actividades económicas?

Sí. Si eres autónomo y contratas un seguro de decesos vinculado a tu actividad profesional, por ejemplo como parte de un paquete de seguros laborales, puedes imputar su coste como gasto deducible en el modelo 130 o 131, siempre que esté justificado y relacionado con la actividad.

Este supuesto no aplica al seguro de decesos familiar, sino exclusivamente a seguros necesarios para el desarrollo del negocio, incluidos dentro de un marco laboral o profesional.

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¿Tiene impacto en el Impuesto de Sucesiones?

Otra vía donde podría tenerse en cuenta el seguro de decesos como deducible es en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En este contexto, si una persona fallece y tenía contratado un seguro de decesos.

El importe del seguro se puede incluir como gasto deducible a la hora de calcular la base imponible del impuesto, siempre que esté justificado con factura y corresponda a gastos reales derivados del fallecimiento.

Eso sí, este tipo de deducción es aplicable únicamente al heredero o beneficiario directo, y no tiene impacto alguno en el IRPF de quien paga las primas anualmente.

¿Qué documentación se necesita?

Si en alguno de los casos anteriores el seguro de decesos es deducible, deberás presentar:

  • Contrato del seguro, con detalles del asegurado y el pagador.
  • Facturas o justificantes de pago de las primas.
  • En caso de sucesiones, facturas de los servicios funerarios y el certificado del seguro.
  • En actividades económicas, justificar su vínculo con la actividad mediante una contabilidad clara.